Esta norma establece en su Artículo 18 que “todo propietario de mascotas deberá registrarlas obligatoriamente dentro del plazo de seis meses a partir de la vigencia de la presente norma” y también define que “todo cachorro deberá ser registrado hasta los tres meses de edad. Para el caso de cambio de dueño, la mascota deberá ser registrada por su nuevo propietario en el plazo de 15 días calendario”.
Este registro se efectuará cuando el propietario presente el certificado de vacunación antirrábica actualizado o la cartilla sanitaria del animal, además de un recibo de luz o agua para determinar la dirección exacta del domicilio del responsable. También deberá acreditar su mayoría de edad con la presentación de la cédula de identidad.
Una vez cumplido este procedimiento, se le asignará al animal un código alfanumérico único y una tarjeta de registro en la que se consignarán datos como identificación, número telefónico y domicilio del propietario del animal, reseña del animal con indicación de edad, sexo, raza, color, marcas particulares y la información relacionada con sus vacunaciones. Luego la mascota recibirá una de las opciones de identificación que son chip, tatuaje o placa.
El concejal Edwin Jiménez (TPC) informó que hoy se aprobará la ordenanza y que el Alcalde tendrá un plazo de 10 días para promulgarla.
No hay comentarios:
Publicar un comentario