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martes, 13 de septiembre de 2011

Mascotas no podrán circular sin carnet de vacunación

Una vez aprobada la resolución administrativa, no se permitirá la circulación de perros y gatos en todas las terminales terrestres, fluviales y aéreas, con la finalidad de evitar el tránsito y propagación del virus rábico en todo el territorio nacional, informó a EL DIARIO el responsable del Programa Nacional de Zoonosis, Gary Barrios.

El Ministerio de Salud a través del Programa Nacional de Zoonosis viene coordinando con el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (Senasag) sobre el control que regirá al carnet de vacunación antirrábica para permitir la circulación de perros y gatos en todas las terminales terrestres, fluviales y aéreas.

“Este trabajo coordinado pretende controlar el transporte de los animales domésticos a nivel nacional por el riesgo de proliferación de los casos de rabia. Perro o gato que no cuente con carnet de vacunación tendrá que recibir la misma en la terminal o aeropuerto”, expresó Barrios.

Asimismo, señaló que se están disponiendo brigadas de vacunación que serán instaladas en cada terminal terrestre, aeropuerto y transporte fluvial para que puedan vacunar inmediatamente a las mascotas y así evitar cualquier riesgo de contraer rabia.

El Senasag será la institución que se encargará de hacer cumplir el control, a través de la emisión de una resolución administrativa, donde prohibirá el tránsito de perros y gatos que no cuenten con su carnet de vacunación extendido por los nueve programas departamentales de zoonosis de todo el país. La vigilancia se extenderá también al transporte intermunicipal.

Barrios adelantó que estas acciones serán iniciadas una vez aprobada la resolución que posiblemente sea desde el siguiente lunes 19 de septiembre.

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