Buscar

miércoles, 11 de abril de 2012

Reglamento municipal define que por familia se puede custodiar a dos canes

El reglamento municipal, sobre la tenencia de animales, control y prevención de enfermedades zoonóticas y sus derechos, presentado ayer por la mañana en el Concejo Municipal, centra su importancia en criar como máximo dos canes por vivienda familiar, medida que tiene el objetivo de reducir la sobrepoblación de estos animales, que además deberán ser registrados en el Centro Municipal de Zoonosis.

En conferencia de prensa, el concejal Geogran Quispe dio cuenta de este Reglamento que consta de veinte capítulos y 118 artículos, estructurados con la finalidad de regular la relación del humano con el animal, definiendo y aplicando medidas técnicas y legales de planificación, seguimiento y control ambiental de forma integral, respecto a la tenencia de animales domésticos, para generar en la ciudadanía, conciencia social, responsabilidad y respeto en la tenencia de animales domésticos, además de normalizar el funcionamiento de clínicas veterinarias y organizaciones de protección de animales y prevención de enfermedades zoonóticas.

"Este reglamento ha sido elaborado con las organizaciones e instituciones que trabajan en este tema, hemos visto que han ido proliferando los perros callejeros y por ende la basura, en este sentido también debemos informar que hemos trabajado en el equipamiento del Centro de Zoonosis, ahora el objetivo fundamental es la socialización de este Reglamento", sostuvo Quispe.

El artículo 17 de este reglamento, que se refiere a la tenencia de perros y gatos, refiere: "Cada vivienda familiar, tendrá derecho a tener en custodia a dos animales domésticos caninos, por cada 100 metros cuadrados de terreno no construido en la vivienda, el área construida no será tomada en cuenta. Una tercera mascota canina implicará el pago de un impuesto adicional".

Por otro lado, este reglamento, establece que toda mascota debe ser registrada por su propietario después de 45 días de nacido, antes de los 3 meses de edad y dentro de los 7 días de haber sido adquirido o haber ingresado a la ciudad de Oruro.

El registro comprenderá una chapa metálica de identificación o por otro lado un microchip, por el precio de 30 y 120 bolivianos respectivamente.

Datos recientes demuestran que la ciudad de Oruro cuenta con una sobrepoblación aproximada de 50.000 canes, de los cuales cerca de 5.000 son vagabundos, en este sentido aquellos animales que no se encuentren registrados serán eliminados, en un tiempo perentorio.

En este contexto, el reglamento municipal, sobre la tenencia de animales, control y prevención de enfermedades zoonóticas y sus derechos, contiene otros elementos que fortalecen la estrecha relación de los humanos con los animales, sobre todo de canes y felinos domésticos y la total prohibición de criar especies silvestres de acuerdo a la Ley General de Medio Ambiente 1333.

No hay comentarios:

Publicar un comentario