En caso de hallarse responsabilidad penal en la conducta de dos presuntos cazadores que fueron fotografiados exhibiendo un jaguar sin vida, éstos podrían enfrentar una sentencia de cuatro años de prisión, ya que el ejemplar cazado pertenece a una especie protegida, en vías de extinción.
La decisión de asumir las medidas legales contra aquellos cazadores furtivos, fue comunicada oficialmente a través de un boletín emitido en la víspera por el Ministerio del Ambiente que dirige la abogada ambientalista Lorena Tapia Núñez.
De manera simultánea, el Director Provincial de Sucumbíos presentó al Fiscal correspondiente la acusación particular sobre este delito, de esta forma se iniciará la indagación previa.
El Ministerio del Ambiente del Ecuador (MAE) toma esta medida amparado en el art. 437. F del Código Penal ecuatoriano que sanciona con cuatro años de prisión a cazadores que maten a animales en peligro de extinción. El mencionado artículo dice:
“El que cace, capture, recolecte, extraiga o comercialice, especies de flora o fauna que estén legalmente protegidas, contraviniendo las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia, será reprimido con prisión de uno a tres años. La pena será de prisión de dos a cuatro años cuando: a) El hecho se cometa en periodo de producción de semilla o de reproducción o crecimiento de las especies; b) El hecho se cometa contra especies en peligro de extinción; o, c) El hecho se cometa mediante el uso de explosivos, sustancias tóxicas, inflamables o radiactivas”.
El debido proceso sigue de la mano de la Fiscalía y se respetará los plazos establecidos en la Ley.
También se abrirá un proceso administrativo con base en la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre que en su art. 78.- menciona:
“Quien pode, tale, descortece, destruya, altere, adquiera, transporte, comercialice, o utilice los productos de vida silvestre sin el correspondiente contrato, licencia o autorización de aprovechamiento a que estuviera legalmente obligado, o que, teniéndolos, se exceda de lo autorizado, será sancionados con multas equivalentes al valor de uno a diez salarios mínimos vitales generales y el decomiso de los productos”.
“El Ministerio del Ambiente vigila el cumplimiento de lo establecido en la normativa vigente, como es la conservación, protección y administración de las especies de fauna silvestre, para lo cual controla la cacería, recolección, aprehensión, transporte y tráfico de animales y otros elementos de la fauna y flora silvestres, protege y evita la eliminación de las especies de flora y fauna silvestres amenazadas o en proceso de extinción”, señala el comunicado oficial.
Con el objetivo de disminuir las amenazas y riesgos a la vida silvestre “es necesario que la sociedad civil tome conciencia sobre el rol ecológico que cumplen estas especies dentro de sus bosques, para lo cual el MAE fortalecerá en esta y en el resto de provincias, las campañas de sensibilización y educación respecto a la conservación de la biodiversidad”, agrega el documento.
A a tiempo de destacar la importancia de contar con el apoyo de la sociedad para realizar las denuncias frente a estos delitos contra la naturaleza, “el MAE como ente regulador iniciará los procesos administrativos correspondientes y brindará toda la información necesaria a las instituciones de juzgamiento de delitos (Fiscalía) para que se sancione al infractor según lo estipulado en la ley”, remarca dicho Ministerio.
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