La futura norma aprobada en la Comisión de Gobierno que estaba presidida por el diputado Calos Aparicio, establece una serie de medidas de seguridad para la crianza y tenecia de los canes considerados como peligrosos.
El artículo 10 del proyecto 483, señala que para la presencia de perros peligroso en los lugares o espacios públicos se exigirá que el responsable que lo pasee y controle lleve consigo la "licencia de crianza".
"El propietario o responsable solo podrá conducir un perro peligroso a la vez, con bozal apropiado y controlado con cadena o correa no extensible además del collar oficial", sostiene la futura norma.
El incumplimiento a este articulo merecerá el secuestro del animal, y se impondrá la sanción correspondiente al propietario por parte del Gobierno Autónomo Municipal.
Incorporación de un microchip. El proyecto de ley señala que los canes potencialmente peligrosos deben tener implantados un microchip.
En el documento se establece que los Gobiernos Autónomos Municipales correspondientes, deberán registrar y regular la crianza de perros peligrosos a través de los siguientes mecanismos, la Licencia de Crianza, que tendrá un periodo de validez de dos años pudiendo ser renovada por periodos sucesivos de igual duración, el documento contendrá información del control periódico del animal; sus infracciones y/o sanciones al propietario.
"Los Gobiernos...al momento de otorgar la Licencia de Crianza incorporarán un microchip subcutáneo de identificación al perro peligroso".
De acuerdo con la exposición de motivos, es necesario contar con ese método para saber dónde ubicar al can en caso de que éste se extravíe y esté lejos del alcance y control de sus dueños.
Clasificación de las razas peligrosas. El proyecto considera potencialmente peligrosas a las razas American Staffordshire Terrier, American Staffordshire Bull Terrier, Pit Bull Terrier, Bull Terrier, Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastin Napolitano, Rottweiler y Tosa Inú.
El concepto de perros potencialmente peligrosos hace referencia a los animales que por su características morfológicas, su agresividad y su acometida son empleados para el ataque o peleas. Son animales de una fuerte musculatura, aspecto poderoso y robusto, ágiles, con un marcado carácter y gran valor, mandíbulas grandes y fuertes, con cuello ancho y musculoso, características que los hacen capaces de matar.
LOS MUNICIPIOS DEBERÁN IMPLANTAR UN MICROCHIP SUBCUTÁNEO PARA OTORGAR LA LICENCIA DE CRIANZA. INSTRUMENTO QUE PERMITIRÁ SU LOCALIZACIÓN.
Población canina en bolivia, una mascota por cada habitante. De acuerdo con Zoonosis dependiente del Ministerio de Salud, Bolivia tiene una población canina de 2. 157. 785, el 40 por ciento de ellos, son perros callejeros.
Según datos, en 1995 la población canina era de 85.800 , la tasa de crecimiento es del 20 por ciento al año.
Regiones con mas perros. Datos oficiales de Zoonosis señalan que el departamento de Santa Cruz tiene la mayor población canina (643.704), seguido por Cochabamba (513.602). Ambas regiones, son las que reportan más casos de rabia canina.
Siguen los departamentos de La Paz (496.758), Chuquisaca (114.118), Potosí (109.245), Tarija (103.142), Orujo (83.053), Beni (76.785), Pando (17.378).
Asimismo, una estimación de la Unidad de Zoonosis de la municipalidad de El Alto señala que hay más de 200.000 perros tan sólo en esa urbe. En la ciudad de La Paz son 150.000.
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